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COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL GESTIÓN 2013-2015

miércoles, julio 25, 2007

SE GESTÓ NUEVA JORNADA DE LUCHA VICTORIOSA DE LOS TRABAJADORES/AS DEL PODER JUDICIAL EL 24 DE JULIO DEL 2007.

El día 24 de Julio del 2007, marca una nueva jornada de lucha victoriosa de la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial del Perú, de las muchas que ya gestadas. El saludo y reconocimiento a todas las bases del país que en un 80 por ciento acataron la paralización de 24 horas convocado por la magna Asamblea Nacional de Delegados del 09 y 10 de Julio del año en curso.

En la base de Lima se acató la paralización en un 80 por ciento (con mayor fuerza en la Sede de Anselmo Barreto, INEI, Juzgados Anticorrupción y otros) lo que ocasionó la no atención del servicio de administración de justicia por el acatamiento del paro por los trabajadores/as judiciales al igual que en las bases sindicales del país, logrando que dicha contundencia sea objeto de notoriedad por medios informativos televisivos diversos y medios de prensa que desde días antes ya venían dando cobertura a la medida de lucha.

En el transcurso de la medida de lucha, en horas de la tarde, tuvimos un acercamiento a la apertura de diálogo con el Presidente del Consejo de Ministros, Dr. Jorge del Castillo Gálvez, quien intercedió ante el Ministerio de Economía y Finanzas, lugar donde se analizó la petición de los trabajadores/as judiciales para luego de incesante diálogo, el Funcionario, expreso su disposición de coadyuvar con acciones necesarias para la atención y otorgamiento de un real presupuesto al Poder Judicial por en cuanto ello no se encontraba totalmente dentro de su ámbito funcional, sin embargo, preciso que existe dificultad en el otorgamiento de dicho presupuesto institucional conforme al requerimiento que viene haciendo el Titular del Pliego.

Respecto a la asignación excepcional de 100 nuevos soles, el Premier, con la apertura de diálogo fluido en acción, mostró su predisposición para solucionarlo de la mejor manera posible. Procediendo acto seguido, el Secretario General Humberto Miguel Ñique Merino, a expresarle que dicha asignación correspondía a los trabajadores/as judiciales del país desde el mes de Enero del presente año de manera mensual y permanente, por lo que a la fecha se estaría adeudando un devengado por dichos meses hasta la fecha, la misma que se encuentra con cargo al presupuesto institucional conforme lo requirió el Dr. Francisco Távara Córdova, Presidente del Poder Judicial, por lo que propuso que la asignación excepcional mensual y permanente de 100 nuevos soles debe otorgarse a partir del presente mes y que lo no cancelado a la fecha debe otorgarse como uno asignación excepcional por única vez.

Ante ello se procedió a verificar las cuestiones técnicas-jurídicas para la viabilización del otorgamiento de la referida asignación excepcional mensual y permanente en el Ministerio de Economía y Finanzas, en donde se obtuvo una serie de objeciones como: Que, anteriormente ya se había recibido incrementos remunerativos por los montos de 100 nuevos soles en Julio y 500 nuevos soles en Diciembre del pasado año. Que, no es posible otorgarse incremento remunerativo con retroactividad por lo que resulta imposible atenderse el pedido de pago desde el mes de Enero por propio impedimento de la Norma Constitucional. Asimismo, que de otorgarse la asignación referida esta daría como resultado al famoso “efecto espejo” con el Ministerio Público por lo que también ellos debería verse beneficiados y que ello implicaría un impacto económico de egreso monetario del erario nacional, por lo que en cierta forma impediría el otorgamiento de lo requerido. Entre otras objeciones. A lo que se le aseveró que si bien es cierto se obtuvo 100 nuevos soles mensuales y permanentes ello no era al haber básico por lo cual no era objeto de base de cálculo para posteriores beneficios sociales del trabajador, así como que la asignación excepcional de 500 nuevos soles fue solamente por única vez por lo cual no se puede aducir que es un incremento remunerativo. Respecto a la irretroactividad ello no es tal, por lo que se propuso que se otorgase lo dejado de pagar desde enero como una asignación excepcional por única vez con lo cual no existiría problemas de irretroactividad del otorgamiento saneándose la misma. Respecto al impacto que produciría el “efecto espejo” y que imposibilitaría el otorgamiento de la asignación especial mensual y permanente de 100 nuevos soles, se propuso otro “fenómeno”, por así decirlo, del “efecto espejo inverso”, es decir que renunciábamos a dicha asignación pero que nos debería nivelar los haberes con los trabajadores del Ministerio Público, lo cual cambió el rostro al funcionario del Ministerio de Economía, para posteriormente expresar que dicha asignación se podría viabilizar mediante una Ley otorgada en el Legislativo a partir del mes de Agosto del 2007.

Con dicho resultado, se procedió a continuar en la mesa de diálogo en la Presidencia del Consejo de Ministros, en donde se tomo la decisión e viabilizar nuestro pedido a través de un Decreto de Urgencia en virtud de que una Ley desde el Poder Legislativo implicaría el retardo del otorgamiento de la asignación ya referida.

Por otro lado, cabe indicarse que en plena ejecución del paro de 24 horas realizado, el Sindicato de Lima-SUTRAPOJ bajo la conducción del señor Eloy Vila y Andrea Ríos, comenzó a realizar contra campaña tratando de debilitar la medida de lucha repartiendo volantes con una serie de insultos y diatribas pretendiendo debilitar la contundencia del paro en el Edificio Alzamora Valdés. Actitud que fue rechazada por los trabajadores de dicha sede.

¡¡¡VIVA LA LUCHA SINDICAL DE LOS TRABAJADORES JUDICIALES!!!

¡¡¡RECHAZO A LOS ACTOS DE DIRIGENTES QUE PRETENDEN BOICOTEAR LAS REIVINDICACIONES DE LOS TRABAJADORES JUDICIALES!!!

¡¡¡SIN LUCHA NO HAY VICTORIA!!!




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Datos de la Organización Gremial

PERU, LIMA, Peru
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