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COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL GESTIÓN 2013-2015

domingo, octubre 01, 2006

CONSTANCIA DE INSCRIPCION AUTOMATICA DEL SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL – LIMA CON UNA RESALTANTE PARTICULARIDAD.


Con fecha 28 de Agosto del año en curso, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo expidió la constancia de inscripción automática de la Junta Directiva del Sindicato Unitario de Trabajadores del Poder Judicial –Lima (SUTRAPOJ – LIMA), encabezada por su Secretaria General Andrea Ríos Bravo, conforme es de verse en la imagen abajo publicada.
Dicha constancia se encuentra amparada por una resolución administrativa expedida por el referido Ministerio, de la cual se aprecia una RESALTANTE PARTICULARIDAD. La indicada Secretaria General Ríos Bravo y demás miembros directivos cuentan con contrato laboral bajo el régimen laboral de la actividad privada-D. Legislativo Nº 728 (salvo demostración en contrario), sin embargo, la resolución administrativa que genera la citada constancia de inscripción, que no es constitutiva sino de simple toma de conocimiento, precisa en forma clara la inscripción de la Junta Directiva en mención constituido por SERVIDORES PUBLICOS NOMBRADOS que laboran en el Poder Judicial – Lima sujetos al sistema único de remuneraciones de la administración pública-D. Legislativo 276, sindicato que se encuentra representado por la indicada trabajadora sujeta bajo el régimen de la actividad privada-D. Legislativo 728, habiéndose obviado al parecer de manera voluntaria indicarse expresamente en dicha constancia la indicación expresa dichos dispositivos legales.
Es sabido que el régimen laboral de los trabajadores judiciales en el país se encuentra bajo los alcances del D. Legislativo Nº 728, existiendo solamente por tanto un reducido número de trabajadores judiciales bajo los alcances del D. Legislativo 276, situación existente también en el Distrito Judicial de Lima, nos preguntamos ¿A QUIEN O QUIENES REPRESENTA LA SEÑORA RIOS BRAVO? ¿NO RESULTA TOTALMENTE IRREGULAR LA INSCRIPCIÓN REFERIDA Y CLARAMENTE MANIPULADA POR LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE TRABAJO?. Dirigente que actualmente viene por tanto disponiendo de fondos dinerarios por concepto de aportes sindicales ilícitamente de los trabajadores de Lima, además de buscar auto reconocerse como Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional de la Federación Nacional, interfiriendo constantemente en la labor de gestión del CEN democráticamente elegido en Julio del 2005.
Debe tenerse presente asimismo, que conforme se originó la elección de la señora Ríos Bravo (con 800 votos aproximadamente de los mas de 3000 votantes en Lima sujetos al régimen del D. Leg. 728) y conforme al precedente administrativo próximo pasado del Sindicato de Lima, debió haberse rechazado la inscripción de su junta directiva.

"UNIDAD PARA LUCHAR, UNIDAD PARA VENCER

Comité Ejecutivo Nacional

2005-2007

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Datos de la Organización Gremial

PERU, LIMA, Peru
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