COMUNICADO N°
007-2012-CEN-FNTPJ
Compañeros y Compañeras judiciales:
Erguidos y mirando siempre
hacia adelante, seguimos trabajando, porque tenemos la firme convicción de que
el derecho nos asiste; en esa línea nuestras gestiones continúan en pos de
materializar la implementación de una Escala Remunerativa que dignifique
nuestra función como trabajadores de este Poder del Estado, ello sin dejar de
lado otros temas importantísimos para las y los judiciales. Así se informa lo
siguiente:
1.- Labor del CEN ante el
Departamento de Asesoría de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del
Congreso de la República.- El CEN de la FNTPJ, fue convocado por la Presidenta
de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, señora congresista
María Soledad Pérez Tello de Solórzano, para el día 17 de mes en curso, a
efectos de tratar el tema de la problemática de los trabajadores judiciales. En
esta reunión de trabajo se abordaron dos temas:
a). Implementación de la
Escala Remunerativa de los trabajadores judiciales.- Se están realizando
las gestiones ante el MEF y la presidencia del Congreso a efectos de que el
CEN informe sobre este tema y poder
tomar acciones inmediatas en pos de su efectivización en beneficio de las y los
judiciales; asimismo, ya se están tomando las decisiones correspondientes a
efectos de que el CEN de la FNTPJ pueda informar ante los miembros integrantes
de la comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República sobre
el tema que nos convoca.
b). La porcentual (caso
de la FNTPJ contra el Estado Peruano tramitado ante la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (Caso Nº 11.831), sobre el pago de la Remuneración Porcentual
del año 1991).- Fue abordado en la mesa de
trabajo y puntualmente la Presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos
Humanos del Congreso, encargó al Dr. Carlos Yalta Sotelo – Asesor de dicha
Comisión, hacerse cargo del tema; ya en ese escenario hemos sostenido reuniones
posteriores y se vienen realizando las coordinaciones respectivas para efectos
de que se siente una mesa de trabajo con los más altos funcionarios y técnicos
del Ministerio de Justicia, para finiquitar lo relativo a la materialización
del pago de la porcentual a todos los judiciales que son beneficiarios con
ello.
2.- Reunión en el Ministerio de
Economía y Finanzas.- El día miércoles 19 del presente mes, sostuvimos una
reunión de trabajo con Directores del MEF, donde abordamos el tema relativo a
la implementación de la Escala Remunerativa de los judiciales. En esta reunión
se tomó como tema de trabajo que es de urgente necesidad que las herramientas
de gestión institucional del Poder Judicial sean enviadas a la Presidencia del
Consejo de Ministros para su aprobación y con ello reiniciar el estudio sobre
la implementación de la escala remunerativa, lo que se debe efectivizar cuanto
antes. En ese sentido, hemos solicitado a la Presidencia y a la Gerencia
General del Poder Judicial, envíe las herramientas de gestión institucional a
la PCM para los fines ya indicados, le estamos haciendo el seguimiento a ello.
3.- Proyecto de Ley de la
Carrera Auxiliar Jurisdiccional y Administrativo.- Como es de conocimiento de
todos los judiciales, durante los últimos días de sesión del Comité Nacional de
Lucha, el Secretario General de la FNTPJ y Presidente del Comité Nacional de
Lucha, hizo entrega a todos los integrantes de dicho Comité, copias del
proyecto de ley de la carrera auxiliar jurisdiccional y administrativo del
Poder Judicial. Mediante el presente les informamos que ya en enero próximo el
CEN está convocando para llevar a cabo en dicho mes los talleres de trabajo
anunciados en el Comité de Lucha, a efectos de enriquecer el referido proyecto
y pueda, con el trabajo de la Comisión conformada en Asamblea Nacional para
este efecto, ser presentado al Congreso de la República.
4.- Proceso de Acción Popular.- El CEN de la FNTPJ,
sigue muy de cerca este proceso constitucional en favor de los judiciales del
país con lo que se persigue el pago de los devengados relativos al bono por
función jurisdiccional generados hasta antes de la vigencia de la ley de
reestructuración del bono por función jurisdiccional, ley que por cierto fue
impulsada por la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial y
materializada al 100% durante la gestión del CEN actual de la FNTPJ, lo que
permitió dar el siguiente resultado económico:
Ejemplo
Secretario Judicial y su par en el Área Administrativa:
Antes
de la ley de reestructuración del bono por función jurisdiccional (se autorizó
al Poder Judicial a reestructurar el bono por función jurisdiccional sobre la
base del 10% del rubro remuneraciones del PJ).
Percibía
por este concepto remunerativo: S/. 260.00
Su
similar en el área administrativa percibía: S/. 600.00
Sin
la materialización de la ley que autorizó al PJ a reestructurar este bono, la
ejecución de la sentencia judicial dictada en el proceso de Acción Popular
iniciado en el 2008 por anteriores directivas del Sutrapoj-Lima, sindicato base
de la Federación, hubiese importado el incremento siguiente:
Secretario
Judicial S/. 240.00
Su
par en el Área Administrativa S/. 00.00
La
Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial – FNTPJ, en el marco de
ejecución de un plan estratégico, consolidado por el actual Comité Ejecutivo
Nacional – CEN, logró que primero se materializara la ley de reestructuración
del bono por función jurisdiccional, lo cual importó que un secretario Judicial
percibiría por este bono lo siguiente:
Secretario
Judicial S/. 600.00
Su
par en el Área Administrativa S/. 850.00
Estos
nuevos montos remunerativos, siguiendo el plan estratégico trazado, importó que
recién en este estadio, se exigiera a la Gerencia General la ejecución de la
sentencia judicial, con ello el nuevo bono por función jurisdiccional que se
empezó a pagar al 100% a partir del mes de diciembre del 2011 (gestión del
actual CEN), es el siguiente:
Secretario
Judicial S/. 850.00
Su
par Administrativo S/. 850.00
Esto
importa: S/. 590.00 de incremento en este bono para el ejemplo del secretario
judicial y para su par administrativo S/. 250.00.
En
resumen, si se hubiere ejecutado la sentencia de acción popular sin trabajo de
la Federación, hubiere importado que únicamente los jurisdiccionales hubieren
tenido incrementos y, siguiendo el ejemplo, en montos muchísimo menores, siendo
que los administrativos no hubieren tenido incrementos, pero gracias a la labor
del CEN actual, un secretario judicial tiene como incremento S/. 590.00 y su
par en el área administrativa S/. 250.00.
Retomando el tema, debemos señalar que ya con la
ejecución de la Ley de Reestructuración del Bono por Función Jurisdiccional,
éste se paga desde el ingreso al Poder Judicial y no se espera llegar a tener
la condición de indeterminado (superar los cinco años de labor ininterrumpida),
ello a partir de diciembre del 2011. En ese sentido, es claro que existen
devengados para la gran mayoría de los judiciales respecto al pago del bono por
función jurisdiccional.
Por ello, este CEN desde el inicio de su gestión y
con trabajo sostenido, logró que en la Corte Suprema, se revirtiera la decisión
adversa a los intereses de los trabajadores judiciales que había recaído en el proceso de
Acción Popular iniciado por la Federación Nacional de Trabajadores del Poder
Judicial, esto mediante la sentencia infundada expedida por la Primera Sala Civil de
la Corte de Lima.
Cabe precisar que con este proceso, se persigue que lo
que respecta al bono por función jurisdiccional quede claramente definido en
cuanto a su percepción que debe ser desde el primer mes del ingreso del
trabajador al Poder Judicial, lo cual importa que de confirmarse la nueva
sentencia fundada expedida por la Primera Sala Civil de Lima, es claro que
tendremos un pago por devengados a favor de todos los trabajadores judiciales
que no se nos pagó el bono por función jurisdiccional desde la fecha de ingreso;
seguimos vigilantes sobre este tema a través de la presentación de los pedidos
respectivos ante las instancias judiciales pertinentes en procura de la confirmatoria
de la sentencia de la Primera Sala Civil Superior de Lima, ello con las
precisiones y aclaraciones solicitadas por la Federación Nacional de
Trabajadores del Poder Judicial y en observancia del recurso de apelación que
interpusimos con respecto a los extremos no amparados.
5.- Depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios –
CTS. TAREA CUMPLIDA EN SU PRIMERA FASE.- Este
es un tema que el CEN se propuso desde el inicio de la gestión y es así que se
vino informando sobre las acciones ejecutadas al respecto, sobre ello cabe
recordar que ya desde el Comunicado N° 021-2012-FNTPJ, su fecha 09 de junio del
2012, se informaba al respecto. Tal vez no fue difundido este tema por varios
dirigentes sindicales, sobre todo en Lima, no creían en ello, puesto que fue un
tema bastante delicado y rechazado por la autoridad judicial y el MEF, tanto
era así que fue un tema que se incluía en senda jornadas de acción de masas,
sin resultado positivo, para nosotros no fue tan sencillo, pues tuvimos que
recurrir inclusive a la acción de acusación constitucional contra el Presidente
del Poder Judicial ante el Congreso de la República, obteniendo resultados
porque con ello se obligó a las autoridades del Poder Judicial a que le pongan
el interés que el caso ameritaba y amerita. Finalmente luego de una ardua labor
se logró que se hiciera el primer depósito de nuestra CTS, claro el monto
obedece al incremento otorgado este año, dado a la falta de disposición de
recursos y al uso de los recursos sobre este rubro en otros fines que le ha
dado la Gerencia General, pues de otro modo no se justifica que se haya tenido
que depositar únicamente el porcentaje que se ha realizado, lo que nos genera
un devengado por exigir su pago, sobre lo que ya estamos finalizando el enfoque
respecto a las acciones a seguir y que estaremos ejecutándolas de inmediato. En
ese entendido nos queda trabajo por hacer, de un lado porque se efectivice su
pago este año en los montos que exige el Decreto Legislativo N° 650 y a su vez impulsando el depósito de los
devengados.
Nos tiene sin cuidado que persona o gremio sindical se
irrogue la realización del trabajo sobre este tema, pero consideramos de
urgente necesidad gremial informarles que este es un trabajo exclusivo de la
Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, en beneficio de los
judiciales, así rezan los informes y documentos publicitados e informados desde
el año 2011 inclusive. Seguimos trabajando al respecto.
Compañeras y compañeros judiciales, seguimos en pos
de nuestros objetivos y mejorar la calidad de vida de todos y todas, requerimos
de ustedes la convicción de que la lucha en unidad nos llevará a la victoria
final, todos somos necesarios en esta tarea.
Vamos a triunfar,
con la humildad y sencillez que nos caracteriza, vamos a triunfar porque
nuestro objetivo es el bienestar de todos los trabajadores y trabajadoras
judiciales.
Lima, 21 de Diciembre
del 2012.
POR LA UNIDAD DE LOS TRABAJADORES
JUDICIALES!
¡VIVA NUESTRAS JUSTAS RECLAMACIONES!
COMITÉ EJECUTIVO
NACIONAL