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COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL GESTIÓN 2013-2015

domingo, mayo 13, 2007

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA OBSERVA AUTOGRÁFA DE LEY DE CARRERA JUDICIAL EN BENEFICIO DE TRABAJADORES JUDICIALES

El Excelentísimo señor Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, realizó observaciones a la autógrafa de la Ley de la Carrera Judicial, en el extremo del artículo 8º (Requisitos especiales para Juez Especializado o Mixto), punto 07 de las observaciones, con el siguiente tenor literal: "Sin embargo, existe una omisión toda vez que no se contempla la situación de los Secretarios y Relatores de la Corte Suprema y las diversas Cortes Superiores del país, frustrando la posiblidad de que dichos auxiliares jurisdiccionales puedan postular como abogados al no encontrarse en el ejercicio independiente de la profesión, razón por la cual debería requerírseles cuatro (04) años de ejercicio en el cargo". Asimismo, efectuó observación al artículo 9º(Requisitos especiales para Juez de Paz Letrado), punto 8 de las observaciones, con el siguiente tenor literal: "...A nuestro entender, ello no resulta apropiado toda vez que un Juez de Paz Letrado asume competencia de naturaleza civil, penal y laboral, razón por la cual resulta necesario garantizar su idoneidad y experiencia, exigiendo para tal objeto tres (03) años de ejercicio profesional o de desempreño como docente universitario o, en su defecto, dos (02) años en el cargo de Secretario o Relator de la Corte Suprema o de las diversas Cortes Superiores del país".
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Cabe precisarse que oportunamente esta Federación hizo llegar el oficio correspondiente advirtiendo la exclusión de los Secretario y Relatores de la Corte Suprema y Cortes Superiores del páis de la Ley de la Carrera Judicial. Por cuestión de espacio solo se pública las partes pertinentes de la observación formulada por el Presidente de la República, por lo cual, los interesados en contarla en su totalidad pueden solicitarlo escribiendo al correo eléctronico de la Federación: fntpjp_cen@yahoo.com.ar







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PERU, LIMA, Peru
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