El día 25 de Septiembre del 2005 se efectuó la AUDIENCIA en el Despacho del Secretario Ejecutivo, Luis Alberto Salgado Jantto, de la Comisión de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, conforme se informó anteriormente. Reunión a la que asistieron la representante del Ministerio de Economía y Finanzas Flor Sánchez Becerra y los representantes del Poder Judicial Emmanuel Chin y Víctor Delgado Montoya en su calidad de Gerente de Personal y Escalafón Judicial, ante la notificación efectuada por el Despacho del Secretario Ejecutivo en mención.
En la citada audiencia se trató el fondo del tema de cancelación de devengados por concepto de “remuneración porcentual”, básicamente lo concerniente a la conformidad del listado remitido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre los beneficiarios y la financiación de la misma. Al respecto la Federación a través del Secretario General Humberto Miguel Ñique Merino, dado al avanzado estado del trámite, hizo saber la conformidad de la información procesada por la Gerencia General del Poder Judicial, debiéndose en tal sentido tomarse en cuenta a la cantidad de 6,274 beneficiarios que demandarían un egreso de 6`540,517.03 que incluyen el aporte del 09 % a EsSALUD.
Con referencia al modo de financiación, habiendo la Federación denunciado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos al Estado Peruano y habiendo dispuesto esta la suscripción del Acta de Solución Amistosa respectiva, y teniéndose que en la cláusula séptima de la misma se encuentra precisado que el Estado Peruano atenderá el pago respectivo con los recursos del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente – FEDADOI, debería determinarse de modo seguro y especifico la fuente de financiación de pago ante cualquier eventualidad. Al respecto el Secretario General de la Federación precisó que encontrándose determinado en acta de convenio colectivo suscrito entre la Federación y el Poder Judicial, para que esta ultima considere dentro de su presupuesto el monto correspondiente de pago a partir de la suscripción del Acta de Solución Amistosa, resulta necesario que la misma se suscriba para que el Titular del Pliego proceda a incorporarlo y solicitarlo conforme corresponda. Hecho que fue tomado en cuenta por el representante del Ministerio de Justicia.
Teniendo que suscribir el Acta de Solución Amistosa la Federación y el Ministerio de Justicia en representación del Estado Peruano, el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos consideró pertinente que el Presidente del Poder Judicial también la suscriba con la finalidad de otorgarle mayor relevancia y permitir una mejor ejecución del Acta, ante lo cual el Secretario General precisó que si bien le otorgaría mayor relevancia, debería tenerse en cuenta el tiempo de trámite realizado y que cualquier gestión que se realizará adicionalmente ampliaría mas la espera, teniéndose en cuenta que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solo se reúne los meses de Febrero y Octubre de cada año, además de que la respectiva ley no obliga al Presidente del Poder Judicial suscribir el Acta de Solución Amistosa, sin embargo, la Federación no se opone a tal gestión pero que debe determinarse plazos perentorios para que el tema no sufra mayor dilatación, ante lo cual el Secretario Ejecutivo en mención indicó que dicha gestión debería realizarse en el mas breve término y precisó que toda gestión al respecto lo realizará el Ministerio de Justicia, poniendo como día por confirmar el jueves de la siguiente semana para la próxima reunión. Sobre todo lo expuesto se contó con el consenso de los representantes del Poder Judicial.
En la citada audiencia se trató el fondo del tema de cancelación de devengados por concepto de “remuneración porcentual”, básicamente lo concerniente a la conformidad del listado remitido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre los beneficiarios y la financiación de la misma. Al respecto la Federación a través del Secretario General Humberto Miguel Ñique Merino, dado al avanzado estado del trámite, hizo saber la conformidad de la información procesada por la Gerencia General del Poder Judicial, debiéndose en tal sentido tomarse en cuenta a la cantidad de 6,274 beneficiarios que demandarían un egreso de 6`540,517.03 que incluyen el aporte del 09 % a EsSALUD.
Con referencia al modo de financiación, habiendo la Federación denunciado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos al Estado Peruano y habiendo dispuesto esta la suscripción del Acta de Solución Amistosa respectiva, y teniéndose que en la cláusula séptima de la misma se encuentra precisado que el Estado Peruano atenderá el pago respectivo con los recursos del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente – FEDADOI, debería determinarse de modo seguro y especifico la fuente de financiación de pago ante cualquier eventualidad. Al respecto el Secretario General de la Federación precisó que encontrándose determinado en acta de convenio colectivo suscrito entre la Federación y el Poder Judicial, para que esta ultima considere dentro de su presupuesto el monto correspondiente de pago a partir de la suscripción del Acta de Solución Amistosa, resulta necesario que la misma se suscriba para que el Titular del Pliego proceda a incorporarlo y solicitarlo conforme corresponda. Hecho que fue tomado en cuenta por el representante del Ministerio de Justicia.
Teniendo que suscribir el Acta de Solución Amistosa la Federación y el Ministerio de Justicia en representación del Estado Peruano, el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos consideró pertinente que el Presidente del Poder Judicial también la suscriba con la finalidad de otorgarle mayor relevancia y permitir una mejor ejecución del Acta, ante lo cual el Secretario General precisó que si bien le otorgaría mayor relevancia, debería tenerse en cuenta el tiempo de trámite realizado y que cualquier gestión que se realizará adicionalmente ampliaría mas la espera, teniéndose en cuenta que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solo se reúne los meses de Febrero y Octubre de cada año, además de que la respectiva ley no obliga al Presidente del Poder Judicial suscribir el Acta de Solución Amistosa, sin embargo, la Federación no se opone a tal gestión pero que debe determinarse plazos perentorios para que el tema no sufra mayor dilatación, ante lo cual el Secretario Ejecutivo en mención indicó que dicha gestión debería realizarse en el mas breve término y precisó que toda gestión al respecto lo realizará el Ministerio de Justicia, poniendo como día por confirmar el jueves de la siguiente semana para la próxima reunión. Sobre todo lo expuesto se contó con el consenso de los representantes del Poder Judicial.
"UNIDAD PARA LUCHAR, UNIDAD PARA VENCER"
Comite Ejecutivo Nacional
2005-2007
IMPORTANTE:
Si desea visualizar las imágenes, fijar el cursor (puntero) en la figura y hacer click (se abrirá una ventana mas grande), una vez abierto la nueva ventana volver ha fijar el cursor (puntero) en la imagen y hacer click, debiendo aparecer un ventana pequeñita en la parte superior izquierda de la imagen con opciones de guardar, imprimir y otras funciones y en la parte inferior derecha de la imagen aparecerá una recuadro pequeño, procede a fijar el cursor (puntero) en dicho recuadro y hacer clic nuevamente lo cual permitirá que la imagen se amplie para una buena lectura.
Si desea visualizar las imágenes, fijar el cursor (puntero) en la figura y hacer click (se abrirá una ventana mas grande), una vez abierto la nueva ventana volver ha fijar el cursor (puntero) en la imagen y hacer click, debiendo aparecer un ventana pequeñita en la parte superior izquierda de la imagen con opciones de guardar, imprimir y otras funciones y en la parte inferior derecha de la imagen aparecerá una recuadro pequeño, procede a fijar el cursor (puntero) en dicho recuadro y hacer clic nuevamente lo cual permitirá que la imagen se amplie para una buena lectura.