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COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL GESTIÓN 2013-2015

miércoles, julio 16, 2014

ACLARANDO EL OFICIO CIRCULAR N° 050-2014-GRHB-GG/PJ

Estimados compañeros judiciales, frente a la coyuntura de la próxima puesta en vigencia de la Ley 30057 y ante esta situación inminente, y sin descartar las consecuencias de las acciones que se prosiguen para conseguir la exclusión de los trabajadores del poder Judicial, la Gerencia General ha emitido el Oficio Circular N° 050-2014-GRHB-GG/PJ del 11 julio último, esto con el fin de implementar un plan de contingencia ante la eventualidad de la aplicación de la ley en comento, lo que nos suscitas la siguiente reflexión:

El CEN de la federación continua con la gestión de alcanzar el objetivo de ser excluidos de la Ley N° 30057 LEY DEL SERVICIO CIVIL, con las mismas motivaciones que dieron píe a que la mayoría de bancadas del Parlamento Nacional nos dieran su voto de respaldo en la Comisión de Trabajo y que por un abierto veto del ejecutivo, impidió la aprobación del proyecto de Ley presentado por el Poder Judicial.

En ese orden de ideas frente a una situación no definida y no deseada de implementación de la Ley SERVIR,  se ha dispuesto, tras conversación previa con el empleador, que una importante cantidad de trabajadores en condición de contrato de trabajo sujeto a modalidad que cuenten con tres o más años de servicios ininterrumpidos al 12 de junio de 2014, pasen a ser contratados a plazo indeterminado con los beneficios que ello supone, como se comprenderá esta es una situación de emergencia  que en su propia coyuntura beneficiará a una cantidad importante de compañeros a nivel nacional (se descarta de plano gestiones de sindicatos de cortes o cualquier gremio paralelo) para ser contratados en mejores condiciones, lo cual nos llena de satisfacción.

La Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, con representación en todas las Cortes Superiores de Justicia del Perú, en aras de No perjudicar a los trabajadores que van ha ser beneficiados, descarta ser intermediario en cualquier gestión para este buen propósito, porque ello solo contribuiría a anarquizar y hacer doble gestión (burocracia), por algo que debe ser implementado sin mayor trámite que lo dispuesto en el propio Oficio Circular de su propósito, En ese sentido, exhorta a los trabajadores de las Cortes Superiores de Justicia de la República, para que sin más trámite coordinen con sus dirigentes sindicales, para que verifiquen la información solicitada a la administración de su Corte; y si encontrasen indicios  de irregularidades en la relación de los beneficiarios nos comuniquen a la brevedad posible, para hacer prevalecer sus derechos.  Asimismo los compañeros que se encuentren con procesos judiciales deberán comunicar a la Administración de su Corte y a su dirigente de base, a fin de que sean considerados entre los preferentemente beneficiarios, con el único propósito de reservar su respectiva plaza.

¡POR LOS DERECHOS Y BENEFICIOS DE LOS TRABAJADORES JUDICIALES¡
¡POR LA PERSEVERANCIA EN LA BÚSQUEDA INQUEBRANTABLE DE LOS OBJETIVOS¡

¡VIVA LA FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL DEL PERÚ¡

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Datos de la Organización Gremial

PERU, LIMA, Peru
COMITE EJECUTIVO NACIONAL DE LA FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL DEL PERÚ. Dirección: Jr. Puno Nº 158-Lima Cercado. Telefax: 51-01-4282709 / e-mail: 01.-fntpjp_cen@yahoo.com.ar 02.- fntpjperu@hotmail.com